tasasLas solicitudes se deberán presentar antes del 30 de septiembre de 2013 en el Registro General del Ayuntamiento de Ordizia

Objeto: Es objeto de esta convocatoria del año 2013, la concesión de subvenciones para realizar obras y actuaciones proyectadas para resolver problemas de accesibilidad, de acuerdo a lo recogido en la ordenanza reguladora para la promoción y subvención de la accesibilidad en edificios residenciales.

Consignación presupuestaria: Para hacer frente a las solicitudes que se presenten, se ha consignado la cantidad de 8.000,00 euros en el presupuesto de 2013; al tratarse de una ayuda directa a fondo perdido, la cantidad consignada se distribuirá de manera proporcional al número de viviendas de cada edificio entre todas las solicitudes que cumplan los requisitos.

Requisitos: Se concederá subvención a las obras de accesibilidad con licencia concedida durante los años 2011 y 2012 (los del 2011 siempre que no se incluyeran en la anterior convocatoria), y que se justifique su finalización con anterioridad a la fecha 31 de marzo de 2013.

Plazo y documentación a presentar: Las solicitudes se deberán presentar con anterioridad a la fecha 30 de septiembre de 2013 en el Registro General del Ayuntamiento de Ordizia, debiendo acompañar la siguiente documentación:

a) Impreso de solicitud de subvención normalizado debidamente cumplimentado, aceptando todas las condiciones que rigen la convocatoria e indicando el número de viviendas de que consta el edificio en el que se ejecutarán las obras destino de las subvenciones.

b) Presupuesto de las obras o intervenciones a realizar o facturas para el caso de las obras ya concluidas.

c) Fotocopia del NIF/CIF del/de la solicitante o de la comunidad solicitante en el caso de comunidad de propietarios/as.

d) Documentos justificativos de la titularidad de los derechos reales sobre los bienes determinados en el artículo 2 agrupadas, en su caso, en comunidad de propietarios del inmueble sobre el que se propone la actuación.

e) En el caso de comunidades de propietarios, documento justificativo de la titularidad de la cuenta bancaria de la comunidad de propietarios/as que tiene que coincidir con la identidad de la comunidad solicitante (será válido, cualquiera de los siguientes documentos: Fotocopia del extracto bancario; fotocopia de la libreta; certificado expedido por la entidad bancaria o sello estampado por la entidad bancaria en el apartado "datos bancarios de la comunidad" del mismo impreso de solicitud de subvención)