De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, y en relación con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con el objetivo de garantizar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa

- La necesidad y oportunidad de su aprobación

- Los Objetivos de la norma

- Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este cuestionario, hasta el día 20/03/2018, a través del siguiente buzón de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Los Problemas que se pretender solucionar con la iniciativa

La falta de normativa para la gestión del programa municipal de apoyo a familias. Es imprescindible la regulación de los distintos  aspectos de esta ayuda municipal.    

La necesidad y oportunidad de su aprobación

Es necesario regular los instrumentos que faciliten el acceso a bienes de primera necesidad. Es imprescindible la regulación de las ayudas municipales que tienen características similares a las prestaciones del Gobierno Vasco u otras administraciones cuando no pueden acceder a las mismas.

Los objetivos

Las ayudas que serán reguladas por la norma tienen por objeto atender a situaciones de urgencia económica y apoyar en su proceso de integración social a las personas y/o familias que conforme a las bases resulten beneficiarias de las mismas y conforme a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y a la Ordenanza de Subvenciones del Ayuntamiento de Ordizia.  

Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

No se contempla otra solución alternativa.  Se trata de crear un nuevo reglamento, debiendo ser necesaria la solución regulatoria.